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Temario de la convocatoria
86 temas oficiales · BOPA de 21/06/2021, anexo de programa.
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1. La Constitución española de 1978: principios generales.
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2. La organización territorial española. Las comunidades autónomas. Los Estatutos de Autonomía. El Ayuntamiento de Llanera.
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3. El municipio: Evolución. Concepto. Elementos esenciales. El término municipal: Concepto. Caracteres. La población: Concepto. Clasificación.
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4. Organización municipal: Concepto. Clases de órganos. Estudio de cada uno de los órganos. Competencias: Concepto y clases. Legislación española.
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5. Funcionamiento de los órganos colegiados locales: convocatoria y orden del día: Régimen de sesiones. Adopción de acuerdos. Actas y certificados de acuerdos. Certificados de acuerdos. Procedimiento administrativo.
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6. La función pública local: Ideas generales. Concepto de funcionario. Clases de funcionarios. Organización de la función pública local: Órganos y grupos que la integran. Los funcionarios propios de las Corporaciones. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones en que pueden encontrarse. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales: Derechos. Deberes. Régimen disciplinario.
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7. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Operaciones matemáticas básicas. • Segunda parte:
Materias específicas
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1. Fontanería: conceptos generales. Herramientas. Tuberías y accesorios. Tipos, características, uniones, montaje. Maquinaria y herramientas para el montaje. Conocimientos fundamentales: Masa y volumen, densidad, peso y peso específico, presión, trabajo y energía, transmisión térmica y caudal y velocidad del agua en las conducciones. Unidades. Conversión de unidades.
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2. El agua de consumo tratamientos. Composición del agua. Purificación: aireación, coagulación, sedimentación, descalcificación, desmineralización, PH, filtración, desinfección. La calidad del agua de consumo humano. Métodos de desinfección. La contaminación del agua: factores, riesgos, clases y prevención. Analítica: tipos, toma de muestras, frecuencias. Parámetros organolépticos, microbiológicos, químicos, indicadores, radiactivos. Real Decreto 140/2003.
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3. Abastecimiento de agua. Definiciones y funciones de las redes de suministro, captación, conducción y distribución de aguas. Sistemas de bombeo. Depósitos. Conducciones: Tipos de tuberías, materiales y timbrajes. Uniones. Válvulas de Corte, ventosas y elementos de maniobra. Válvulas reguladoras de presión. Válvulas de seguridad antiinundaciones. Hidrantes. Bocas de riego y limpieza. Pruebas de la tubería instalada. Manómetro.
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4. Saneamiento. Definiciones y funciones de las redes de saneamiento. Sistemas de tomas en las redes públicas. Conducciones: tipos. Elementos de la red: imbornales, pozos, cámaras de descarga, etc. Pruebas de la tubería instalada.
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5. Mantenimiento de las redes de abastecimiento, distribución y saneamiento. Tipos de mantenimiento: correctivo, preventivo y predictivo. Sistemas de detección de fugas. Tipos de rotura, piezas y accesorios de reparación. Herramientas de corte. Soldaduras. Tipos, materiales a emplear y técnicas. Corrosiones e incrustaciones. Tipos de corrosión, medidas de prevención y protección.
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6. Redes de riego. Instalaciones de riego. Sistemas de riego convencional: Aspersión, difusión, goteo y exudación. Averías de los sistemas de riego: Detección y reparación. Métodos de automatización del riego: Electroválvulas, cableado y programadores.
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7. Lectura e interpretación básica de planos generales y de detalle. Escalas. Símbolos y signos convencionales. Simbología esquemas hidráulicos, Puntos desfavorables, finales de red, tapones, red mallada.
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9. Reglamento municipal. Acometida de aguas a edificios. Contadores. Código técnico de la edificación. Documento básico salubridad. Suministro de agua. DB-HS-4.
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10. Instalaciones interiores de abastecimiento. Tuberías y accesorios, llaves de paso, válvulas y dispositivos de control, grifería sanitaria, contadores, aljibes, bombas y grupos de presión.
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11. Instalaciones interiores de agua caliente sanitaria. Sistemas de producción de ACS. Distribución del ACS. Aislamiento de las conducciones de ACS. Materiales. Prevención y control de legionelosis.
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12. Instalaciones interiores de saneamiento. Tuberías y accesorios, aparatos sanitarios. Cálculo de la instalación de un edificio. Diseño y montaje de instalaciones. Red de desagües de edificios. Válvulas de desagüe, sifones, etc. Averías más frecuentes en las instalaciones.
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13. Prevención de riesgos laborales. Seguridad, salud laboral e higiene en el trabajo. Protección. Señalización. Trabajos con fibrocemento. Actuaciones en situación de emergencia. Anexo II BASES PARA LA SELECCIÓN DE UNA PLAZA DE OFICIAL ELECTRICISTA DEL AYUNTAMIENTO DE LLANERA EN TURNO DE LIBRE ACCESO — Grupo: C, Subgrupo C2 de clasificación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. — Clasificación: Escala de Administración Especial: Subescala Servicios Especiales. Clase: Personal de Oficios. Denominación: Oficial Electricista. Nivel de complemento de destino: 18. — Derechos examen: 15 euros. — Número de plazas y requisitos: 1 plaza de funcionario/a de carrera en turno de libre acceso. Los/las aspirantes deberán reunir los requisitos señalados en la bases comunes y en el presente anexo. — Sistema de acceso: concurso-oposición, con superación de fase de prácticas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre que equipara el sistema de concurso-oposición al de oposición, como sistemas generales de acceso a la función pública. El sistema de concurso-oposición atiende a la necesidad de dotar las plazas objeto de la presente convocatoria con personal que posea los conocimientos teóricos y prácticos necesarios para un adecuado desempeño de las funciones y cometidos propios. — Titulación: Graduado en Educación Secundaria o equivalente. — Otros requisitos. Además de los previstos en las bases comunes poseer permiso de conducir B obligatorio. — Funciones: La plaza referida se adscribe a la unidad operativa de obras y servicios y las funciones que tiene encomendadas son las descritas en la relación de puestos de trabajo como oficial electricista, en esencia: • Montar, instalar, mantener, comprobar y reparar instalaciones eléctricas municipales (alumbrados públicos, edificios y locales públicos, bombeos, recarga de vehículos, semáforos, etc.), incluidas máquinas eléctricas, sus sistemas de telecontrol y sus elementos auxiliares. • Establecer la logística asociada al montaje y mantenimiento. • Conducir los vehículos necesarios, incluido el manejo de la grúa o cesta y plataformas elevadoras. • Ejecutar trabajos según los documentos e indicaciones de la jefatura, respetando las prescripciones reglamentarias. • Aplicar los protocolos y normas de seguridad y de calidad respecto al medio ambiente en las intervenciones realizadas. • Cuantas otras le sean asignadas por el/la superior jerárquico/a dentro de las propias de su área y categoría. • Disponibilidad veinticuatro horas por las características del servicio. — Presentación de instancias: de acuerdo con lo señalado en las bases comunes, el plazo de presentación de instancias será de 20 días hábiles a contar desde el siguiente al del anuncio de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Con posterioridad a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, el resto de publicaciones se efectuarán a través del tablón de edictos y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Llanera. — Ejercicios que regirán en las distintas pruebas: Una prueba escrita de carácter obligatorio y eliminatorio, consistente en contestar en un tiempo máximo de una hora, un cuestionario con treinta y cinco preguntas tipo test con tres respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta o más correcta de entre las alternativas planteadas, extraídas del temario que figura como anexo en cada uno de los programas de temas, referentes diez preguntas a la parte general y veinticinco preguntas a la parte específica. Un ejercicio práctico durante el tiempo que determinará el tribunal, de carácter obligatorio y eliminatorio, consistente en realizar uno o varios ejercicios de ejecución práctica, de orden profesional, acordes con la plaza convocada y relacionados con las funciones de dicho puesto de trabajo, que planteará el Tribunal inmediatamente antes del comienzo de su realización, debiendo ser ejecutados en el tiempo y forma que el tribunal determine. — Determinación de la puntuación: Los ejercicios que constituyen la fase de oposición tendrán carácter eliminatorio y su calificación se determinará por el tribunal, según se detalla, otorgando a cada uno un máximo de 30 puntos, debiendo obtener al menos 15 puntos para superar cada ejercicio. El Tribunal determinará el valor de cada pregunta contestada correctamente, el valor negativo en su caso de las preguntas no contestadas o contestadas erróneamente y estará habilitado para determinar una nota mínima de corte para la superación del ejercicio. En el segundo ejercicio el tribunal determinará los puntos máximos a obtener en cada una de las pruebas. La calificación final de la fase de oposición estará determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios obligatorios. — Fase concurso: 1. Experiencia profesional: Servicios efectivos prestados en la Administración o en empresas privadas, en plaza de personal de oficios que deberá referirse a las funciones y tareas del puesto de trabajo que pretende cubrirse reflejados en los contenidos específicos de especialidad. No se valorará la experiencia inferior a un año. Los que la tengan igual o superior al año se valorará de la siguiente manera: a razón de 0,10 puntos por mes completo, hasta un máximo de 12 puntos, no computándose fracciones inferiores al mes. 2. Formación académica: Titulaciones Oficiales: Por estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones distinta a las exigidas como requisito para participar en la convocatoria, se puntuará conforme al siguiente baremo, y con un máximo de 1 punto: Titulación universitaria: 1 punto. Título de Bachiller o Técnico o equivalente: 0,5 puntos. Formación: Un máximo de 5 puntos por haber impartido o participado en cursos de formación que tengan una relación directa con las funciones y/o temario de la plaza convocada. Corresponde al Tribunal determinar, aplicando criterios técnicos y objetivos, que cursos están relacionados con las funciones de la plaza Los cursos recibidos se puntuarán en función del número de horas de duración del curso, otorgándose una puntuación de 0,003 puntos/hora Los cursos impartidos se puntuarán en función del número de horas de duración del curso, otorgándose una puntuación de 0,004 puntos/hora. Los méritos de formación se valorarán si esta ha sido impartida por una Administración Pública o por Universidades o Colegios Profesionales, o bien por cualquier organismo público o privado siempre que hayan sido oficialmente reconocidos. Solamente se valorarán aquellos cursos en que conste el número de horas de duración. La valoración de la formación, además de la específica, incluirá la formación en aspectos generales tales como: igualdad de género, prevención de riesgos laborales e idiomas siempre que no superen el 25 por ciento del total de puntos a obtener en este apartado, esto es 1,25 puntos. No obstante, si la formación general este directamente relacionado con el perfil de la plaza, la misma se valorará por el Tribunal cómo formación específica. — Clasificación del tribunal: Tercera categoría. — Período de prácticas: 2 meses. — Temario: En el supuesto de que se produzca variación en la normativa aplicable durante el período comprendido entre la publicación de las presentes bases y la celebración del proceso selectivo, será aplicable la normativa que resulte estar en vigor a la fecha de celebración del proceso selectivo. Temario: • Primera parte:
Bloque 2
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1. La Constitución Española de 1978: principios generales.
Ver los 66 temas restantes
Bloque 2 (continuación)
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2. La organización territorial española. Las comunidades autónomas. Los Estatutos de Autonomía. El Ayuntamiento de Llanera
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3. El municipio: Evolución. Concepto. Elementos esenciales. El término municipal: Concepto. Caracteres. La población: Concepto. Clasificación.
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4. Organización municipal: Concepto. Clases de órganos. Estudio de cada uno de los órganos. Competencias: Concepto y clases. Legislación española.
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5. Funcionamiento de los órganos colegiados locales: convocatoria y orden del día: Régimen de sesiones. Adopción de acuerdos. Actas y certificados de acuerdos. Borrador del acta y aprobación. Transcripción del acta al libro. Firma del acta. Certificados de acuerdos. Procedimiento administrativo.
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6. La función pública local: Ideas generales. Concepto de funcionario. Clases de funcionarios. Organización de la función pública local: Órganos y grupos que la integran. Los funcionarios con habilitación de carácter nacional (antiguos cuerpos nacionales). Los funcionarios propios de las Corporaciones. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones en que pueden encontrarse. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales: Derechos. Deberes. Régimen disciplinario.
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7. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Operaciones matemáticas básicas. • Segunda parte:
Materias específicas
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1. Normativa básica de seguridad y salud laboral. Derechos y obligaciones de los trabajadores en esta materia. Protecciones colectivas y personales. Técnicas y procedimiento de trabajo en instalaciones eléctricas y en trabajos a altura. Prescripciones generales a seguir en caso de accidente. Primeros auxilios.
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2. Electrotécnico para Baja tensión. Estructura. Conceptos normativos. Ejecución y mantenimiento de las instalaciones. Autorización, puesta en servicio e inspección de las instalaciones eléctricas.
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3. Representación gráfica y simbología de las instalaciones eléctricas. Planos y esquemas de instalaciones de edificios, alumbrados públicos, automatismos y máquinas eléctricas.
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4. Medida y verificación de instalaciones eléctricas. Equipos de medida y características. Valores permitidos en las instalaciones. Herramientas, equipos y materiales para la ejecución y el mantenimiento de las instalaciones eléctricas.
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5. Instalaciones de alumbrado exterior. Luminarias de lámparas de descarga y de tecnología LED. Equipos auxiliares. Redes de alimentación aérea y subterránea, cableados y canalizaciones. Soportes. Puestas a tierra. Elementos de protección. Sistemas de control y telegestión.
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6. Instalaciones de enlace. Caja general de protección. Línea general de alimentación. Derivación individual. Contadores y control de potencia. Caso de un único suministro.
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7. Normas particulares y especificaciones técnicas de las empresas distribuidoras de energía eléctrica en el ámbito del municipio de Llanera.
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8. Instalaciones interiores o receptoras. Prescripciones generales. Sistemas de instalación. Tubos y canales protectores. Protección contra sobreintensidades, sobretensiones y contra los contactos directos e indirectos.
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9. Instalaciones en locales de pública concurrencia. Instalaciones en locales de características especiales y con riesgo de incendio y explosión.
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10. Instalaciones con fines especiales. Piscinas y fuentes. Máquinas de elevación y transporte. Instalaciones provisionales y temporales de obras. Ferias y stands.
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11. Instalaciones de puesta a tierra. Redes de tierra y pararrayos.
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12. Máquinas eléctricas: motores, transformadores y autotransformadores, generadores, rectificadores y convertidores. Corrección del factor de potencia. Control electrónico de las instalaciones.
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13. Redes de distribución de energía eléctrica en baja tensión. Tipos y características.
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14. Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos.
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15. Instalaciones de energía solar fotovoltaica. Componentes. Dimensionado. Mantenimiento.
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16. Instalaciones de sistemas de automatización y Gestión Técnica de la Energía para alumbrado exterior y edificios. Anexo III BASES PARA LA SELECCIÓN DE UNA PLAZA DE OFICIAL ALBAÑIL DEL AYUNTAMIENTO DE LLANERA EN TURNO DE LIBRE ACCESO — Grupo: C, Subgrupo C2 de clasificación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre. — Clasificación: Escala de Administración Especial: Subescala Servicios Especiales. Clase: Personal de Oficios. Denominación: Oficial Albañil. Nivel de complemento de destino: 18. — Derechos examen: 15 euros. — Número de plazas y requisitos: 1 plaza de funcionario/a de carrera en turno de libre acceso. Los/las aspirantes deberán reunir los requisitos señalados en la Bases comunes y en el presente anexo. — Sistema de acceso: Concurso–oposición, con superación de fase de prácticas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que equipara el sistema de concurso-oposición al de oposición, como sistemas generales de acceso a la función pública. El sistema de concurso-oposición atiende a la necesidad de dotar las plazas objeto de la presente convocatoria con personal que posea los conocimientos teóricos y prácticos necesarios para un adecuado desempeño de las funciones y cometidos propios. — Titulación: Graduado en Educación Secundaria o equivalente. — Otros requisitos. Además de los previstos en las bases comunes poseer permiso de conducir B obligatorio. — Funciones: La plaza referida se adscribe a la unidad operativa de obras y servicios y las funciones que tiene encomendadas son las descritas en la relación de puestos de trabajo como oficial albañil, en esencia: • Desarrollar las tareas propias de su profesión y categoría según las especificaciones concretas de la jefatura de su servicio supervisando y controlando, en su caso, las tareas del personal a su cargo. • Manejar vehículos y maquinaria necesarios para la realización de sus tareas. • Realizar tareas de mantenimiento en edificios y bienes municipales. • Construir y reparar infraestructuras y bienes municipales. • Proponer la compra de materiales necesarios. • Cumplir las medidas de prevención establecidas en el PPRL. • Velar por su seguridad de conformidad con las instrucciones recibidas por el mando directo • Conducir los vehículos necesarios • Ejecutar trabajos según los documentos e indicaciones de la jefatura, respetando las prescripciones reglamentarias. • Aplicar los protocolos y normas de seguridad y de calidad respecto al medio ambiente en las intervenciones realizadas. • Cuantas otras le sean asignadas por el/la superior jerárquico/a dentro de las propias de su área y categoría. • Disponibilidad veinticuatro horas por las características del servicio. — Presentación de instancias: de acuerdo con lo señalado en las Bases comunes, el plazo de presentación de instancias será de 20 días hábiles a contar desde el siguiente al del anuncio de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Con posterioridad a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, el resto de publicaciones se efectuarán a través del Tablón de Edictos y de sede electrónica del Ayuntamiento de Llanera — Ejercicios que regirán en las distintas pruebas: Una prueba escrita de carácter obligatorio y eliminatorio, consistente en contestar en un tiempo máximo de una hora, un cuestionario con treinta y cinco preguntas tipo test con tres respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta o más correcta de entre las alternativas planteadas, extraídas del temario que figura como anexo en cada uno de los programas de temas, referentes diez preguntas a la parte general y veinticinco preguntas a la parte específica. Un ejercicio práctico durante el tiempo que determinará el tribunal, de carácter obligatorio y eliminatorio, consistente en realizar uno o varios ejercicios de ejecución práctica, de orden profesional, acordes con la plaza convocada y relacionados con las funciones de dicho puesto de trabajo, que planteará el Tribunal inmediatamente antes del comienzo de su realización, debiendo ser ejecutados en el tiempo y forma que el tribunal determine. — Determinación de la puntuación: Los ejercicios que constituyen la fase de oposición tendrán carácter eliminatorio y su calificación se determinará por el tribunal, según se detalla, otorgando a cada uno un máximo de 30 puntos, debiendo obtener al menos 15 puntos para superar cada ejercicio. El Tribunal determinará el valor de cada pregunta contestada correctamente, el valor negativo en su caso de las preguntas no contestadas o contestadas erróneamente y estará habilitado para determinar una nota mínima de corte para la superación del ejercicio. En el segundo ejercicio el tribunal determinará los puntos máximos a obtener en cada una de las pruebas. La calificación final de la fase de oposición estará determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios obligatorios. — Fase concurso: 1. Experiencia profesional: Servicios efectivos prestados en la Administración o en empresas privadas, en plaza de personal de oficios, deberá referirse a las funciones y tareas del puesto de trabajo que pretende cubrirse reflejados en los contenidos específicos de especialidad. No se valorará la experiencia inferior a un año. Los que la tengan igual o superior al año se valorará de la siguiente manera: a razón de 0,10 puntos por mes completo, hasta un máximo de 12 puntos, no computándose fracciones inferiores al mes. 2. Formación académica: Titulaciones Oficiales: Por estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones distinta a las exigidas como requisito para participar en la convocatoria, se puntuará conforme al siguiente baremo, y con un máximo de 1 punto: Titulación universitaria: 1 punto Título de Bachiller o Técnico o equivalente: 0,5 puntos Formación: Un máximo de 5 puntos por haber impartido o participado en cursos de formación que tengan una relación directa con las funciones y/o temario de la plaza convocada. Corresponde al Tribunal determinar, aplicando criterios técnicos y objetivos, que cursos están relacionados con las funciones de la plaza Los cursos recibidos se puntuarán en función del número de horas de duración del curso, otorgándose una puntuación de 0,003 puntos/hora Los cursos impartidos se puntuarán en función del número de horas de duración del curso, otorgándose una puntuación de 0,004 puntos/hora. Los méritos de formación se valorarán si esta ha sido impartida por una Administración Pública o por Universidades o Colegios Profesionales, o bien por cualquier organismo público o privado siempre que hayan sido oficialmente reconocidos. Solamente se valorarán aquellos cursos en que conste el número de horas de duración. La valoración de la formación, además de la específica, incluirá la formación en aspectos generales tales como: igualdad de género, prevención de riesgos laborales e idiomas siempre que no superen el 25 por ciento del total de puntos a obtener en este apartado, esto es 1,25 puntos. No obstante, si la formación general este directamente relacionado con el perfil de la plaza, la misma se valorará por el Tribunal cómo formación específica. — Clasificación del tribunal: Tercera categoría. — Período de prácticas: 2 meses. — Temario: En el supuesto de que se produzca variación en la normativa aplicable durante el período comprendido entre la publicación de las presentes bases y la celebración del proceso selectivo, será aplicable la normativa que resulte estar en vigor a la fecha de celebración del proceso selectivo. Temario: • Primera parte:
Bloque 3
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1. La Constitución Española de 1978: principios generales.
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2. La organización territorial española. Las comunidades autónomas. Los Estatutos de Autonomía. El Ayuntamiento de Llanera.
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3. El municipio: Evolución. Concepto. Elementos esenciales. El término municipal: Concepto. Caracteres. La población: Concepto. Clasificación.
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4. Organización municipal: Concepto. Clases de órganos. Estudio de cada uno de los órganos. Competencias: Concepto y clases. Legislación española.
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5. Funcionamiento de los órganos colegiados locales: convocatoria y orden del día: Régimen de sesiones. Adopción de acuerdos. Actas y certificados de acuerdos. Procedimiento administrativo.
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6. La función pública local: Ideas generales. Concepto de funcionario. Clases de funcionarios. Organización de la función pública local: Órganos y grupos que la integran. Los funcionarios propios de las Corporaciones. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones en que pueden encontrarse. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales: Derechos. Deberes. Régimen disciplinario.
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7. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Operaciones matemáticas básicas. • Segunda parte:
Materias específicas
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1. Unidades de medida aplicables a las diferentes partes de una obra.
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2. Morteros y hormigones. Tipología, fabricación y puesta en obra.
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3. Estructuras de hormigón armado. Ejecución, interpretación de planos. Medios auxiliares, materiales y mantenimiento.
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4. Albañilería. Fábricas de ladrillo.
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5. Cubiertas. Tipología. Materiales. Sistemas constructivos.
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6. Revestimiento de suelos. Tipología. Materiales. Sistemas constructivos.
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7. Revestimiento de paredes. Tipología. Materiales. Sistemas constructivos.
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8. Revestimiento de techos. Tipología. Materiales. Sistemas constructivos.
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9. Escaleras. Tipología. Trazado. Materiales y construcción. Revestimiento.
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10. Carpintería. Puesta en obra.
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11. Redes Generales de Alcantarillado. Tipología. Instalación y puesta en obra. Mantenimiento y reparaciones.
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12. Pavimentación de viales. Tipología. Sistemas constructivos. Mantenimiento y reparaciones.
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13. Acerados. Sub.bases. Solerías. Pavimentación.
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14. Seguridad e higiene y salud laboral.
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15. Señalización de obras.
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16. Mantenimiento y reparación de edificios. Sistematología y Patologías.
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17. Normativa básica de seguridad y salud laboral. Derechos y obligaciones de los trabajadores en esta materia. Protecciones colectivas y personales. Técnicas y procedimiento de trabajo en instalaciones eléctricas y en trabajos a altura. Prescripciones generales a seguir en caso de accidente. Primeros auxilios. Anexo IV BASES PARA LA SELECCIÓN DE TRES PLAZAS DE OPERARIO DE OFICIOS DEL AYUNTAMIENTO DE LLANERA EN TURNO DE LIBRE ACCESO — Grupo: Agrupaciones profesionales sin requisito de titulación, de clasificación profesional de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional sexta del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. — Clasificación: Escala de Administración Especial: Subescala Servicios Especiales. Clase: Personal de Oficios. Denominación: Operarios. Nivel de complemento de destino: 14. — Derechos examen: 10 euros. — Número de plazas y requisitos: 3 plazas de funcionario/a de carrera en turno de libre acceso. Los/las aspirantes deberán reunir los requisitos señalados en las bases comunes y en el presente anexo. — Sistema de acceso: Concurso-oposición, con superación de fase de prácticas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que equipara el sistema de concurso-oposición al de oposición, como sistemas generales de acceso a la función pública. El sistema de concurso-oposición atiende a la necesidad de dotar las plazas objeto de la presente convocatoria con personal que posea los conocimientos teóricos y prácticos necesarios para un adecuado desempeño de las funciones y cometidos propios. — Titulación: No se precisa estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo — Otros requisitos. Además de los previstos en las bases comunes poseer permiso de conducir B obligatorio — Funciones: La plaza referida se adscribe a la unidad operativa de obras y servicios y las funciones que tiene encomendadas son las descritas en la relación de puestos de trabajo como operario de servicios, en esencia: • Limpieza, mantenimiento y reparaciones de todo tipo de espacios públicos y edificios municipales, entre ellos el cementerio, dependencias municipales, vías públicas, escuelas, polideportivo y demás edificios municipales. • Control y mantenimiento de llaves, herramientas, máquinas y vehículos que se hallen en las dependencias municipales. • Apertura y cierre de las dependencias municipales, así como de puertas y ventanas, luces, calefacción, aire acondicionado, etc., así como la preparación de salas, aulas u otras instalaciones. • Colaboración en trabajos relacionados con fiestas, actividades culturales y deportivas y otros trabajos afines que le sean encomendados por la corporación municipal y sean necesarias por razón de servicio. • Control, limpieza, reparaciones y mantenimiento de diversos servicios: Agua y alcantarillado (cloración, elevadores, redes, sumideros, depósito de abastecimiento, etc.). • Colaboración con los servicios municipales en la recaudación de tasas, impuestos y exacciones. • Colaboración en la atención al público en las dependencias municipales, haciendo fotocopias, mostrando padrones, planos catastrales. • Traslado, recepción, entrega y recogida de enseres y documentos relacionados con la actividad del Ayuntamiento, tanto dentro como fuera del término municipal, depósito y recogida de correo. • Colaboración en todo tipo de obras e instalaciones municipales que les sean encomendadas por la Alcaldía conforme a su categoría profesional tanto en inversión nueva y de reposición como de reparaciones, mantenimiento y conservación. • Entrega y recogida de herramientas municipales y control de determinados trabajos de las brigadas de trabajadores temporales del Ayuntamiento. • Cuidado de jardines y zonas de ocio, así como acondicionamiento de los mismos con manejo del material necesario para el desempeño de tales funciones. • La prestación de cualquier otro servicio propio de su función y que le sea encomendado por el Ayuntamiento y para el que reciba la instrucción correspondiente. • Realizar cualquier tarea de carácter similar que le sea asignada por parte de sus superiores jerárquicos, siempre en el ámbito de su competencia y dentro de su nivel y categoría. • Disponibilidad veinticuatro horas por las características del servicio. — Presentación de instancias: de acuerdo con lo señalado en las Bases comunes, el plazo de presentación de instancias será de 20 días hábiles a contar desde el siguiente al del anuncio de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Con posterioridad a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, el resto de publicaciones se efectuarán a través del Tablón de Edictos y de sede electrónica de la página Web oficial del Ayuntamiento de Llanera. — Ejercicios que regirán en las distintas pruebas: Una prueba escrita de carácter obligatorio y eliminatorio, consistente en contestar en un tiempo máximo de una hora, un cuestionario con treinta y cinco preguntas tipo test con tres respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta o más correcta de entre las alternativas planteadas, extraídas del temario que figura como anexo en cada uno de los programas de temas. Un ejercicio práctico durante el tiempo que determinará el tribunal, de carácter obligatorio y eliminatorio, consistente en realizar uno o varios ejercicios de ejecución práctica, de orden profesional, acordes con la plaza convocada y relacionados con las funciones de dicho puesto de trabajo, que planteará el Tribunal inmediatamente antes del comienzo de su realización, debiendo ser ejecutados en el tiempo y forma que el tribunal determine. — Determinación de la puntuación: Los ejercicios que constituyen la fase de oposición tendrán carácter eliminatorio y su calificación se determinará por el tribunal, según se detalla, otorgando a cada uno un máximo de 30 puntos, debiendo obtener al menos 15 puntos para superar cada ejercicio. El Tribunal determinará el valor de cada pregunta contestada correctamente, el valor negativo en su caso de las preguntas no contestadas o contestadas erróneamente y estará habilitado para determinar una nota mínima de corte para la superación del ejercicio. En el segundo ejercicio el tribunal determinará los puntos máximos a obtener en cada una de las pruebas. La calificación final de la fase de oposición estará determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios obligatorios. — Fase concurso: 1. Experiencia profesional: Servicios efectivos prestados en la Administración o en empresas privadas, en plaza de personal de oficios, deberá referirse a las funciones y tareas del puesto de trabajo que pretende cubrirse reflejados en los contenidos específicos de especialidad. No se valorará la experiencia inferior a un año. Los que la tengan igual o superior al año se valorará de la siguiente manera: a razón de 0,10 puntos por mes completo, hasta un máximo de 12 puntos, no computándose fracciones inferiores al mes. 2. Formación académica: Titulaciones Oficiales: Por estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones, se puntuará conforme al siguiente baremo, y con un máximo de 1 punto: Título de Bachiller o Técnico o equivalente: 1punto Título de Educación Secundaria Obligatoria o equivalente: 0,5 puntos Formación: Un máximo de 5 puntos por haber participado en cursos de formación que tengan una relación directa con las funciones y/o temario de la plaza convocada. Corresponde al Tribunal determinar, aplicando criterios técnicos y objetivos, que cursos están relacionados con las funciones de la plaza. Los cursos recibidos se puntuarán en función del número de horas de duración del curso, otorgándose una puntuación de 0,003 puntos/hora Los méritos de formación se valorarán si esta ha sido impartida por una Administración Pública o por Universidades o Colegios Profesionales, o bien por cualquier organismo público o privado siempre que hayan sido oficialmente reconocidos. Solamente se valorarán aquellos cursos en que conste el número de horas de duración. La valoración de la formación, además de la específica, incluirá la formación en aspectos generales tales como: igualdad de género, prevención de riesgos laborales e idiomas siempre que no superen el 25 por ciento del total de puntos a obtener en este apartado, esto es 1,25 puntos. No obstante, si la formación general este directamente relacionado con el perfil de la plaza, la misma se valorará por el Tribunal cómo formación específica. — Clasificación del tribunal: Tercera categoría. — Período de prácticas: 1 mes. — Temario: En el supuesto de que se produzca variación en la normativa aplicable durante el período comprendido entre la publicación de las presentes bases y la celebración del proceso selectivo, será aplicable la normativa que resulte estar en vigor a la fecha de celebración del proceso selectivo. Temario: • Primera parte:
Bloque 4
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1. La Constitución Española de 1978. Estructura y Principios Generales.
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2. La organización Territorial del Estado. El Municipio. Órganos de Gobierno Municipal. Funcionamiento y Competencias.
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3. El Personal al Servicio de la Administración Local: Deberes y Derechos.
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4. Funciones del operario de Servicios múltiples.
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5. Herramientas habituales de trabajo.
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6. Mantenimiento de jardines. Compostaje.
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7. Redes Locales de Abastecimiento y Saneamiento.
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8. Construcción. Conocimientos Generales.
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9. Mantenimiento de edificios e instalaciones municipales.
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10. Nociones Básicas de Seguridad e higiene en el Trabajo.
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11. Operaciones Aritméticas. Anexo V BASES PARA LA SELECCIÓN DE UNA PLAZA DE ADMINISTRATIVO/A DEL AYUNTAMIENTO DE LLANERA POR PROMOCIÓN INTERNA — Grupo: C1 — Clasificación: Escala de Administración General: Subescala Administrativa de Administración General. Denominación: Administrativo. Nivel de complemento de destino: 22. — Derechos examen: Exento. — Número de plazas y requisitos: 1 plaza de funcionario/a de carrera en turno de promoción interna reservada para funcionarios de carrera del Ayuntamiento de Llanera que pertenezcan al grupo inmediatamente inferior (Grupo C, Subgrupo C2) con una antigüedad mínima de dos años. Los/las aspirantes deberán reunir los requisitos señalados en las bases comunes y en el presente anexo. — Sistema de acceso: Concurso-oposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre que equipara el sistema de concurso- oposición al de oposición, como sistemas generales de acceso a la función pública. El sistema de concurso-oposición atiende a la necesidad de dotar las plazas objeto de la presente convocatoria con personal que posea los conocimientos teóricos y prácticos necesarios para un adecuado desempeño de las funciones y cometidos propios. — Titulación: Bachiller o Técnico o equivalente. Asimismo, se estará a lo previsto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, modificada por Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo, por la que se establecen las equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, o tener aprobada la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años o, poseer una antigüedad de al menos diez años en un Cuerpo o Escala del Grupo C2 (antiguo grupo D), o de cinco años y la superación de un curso específico de formación, tal como se refiere en la disposición adicional vigésimo segunda de la Ley 30/1984, de 2 agosto, vigente de conformidad con la Disposición derogatoria del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre que aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. — Funciones: Las propias de su cuerpo y escala definidas en la RPT municipal. — Presentación de instancias: de acuerdo con lo señalado en las Bases comunes, el plazo de presentación de instancias será de 20 días hábiles a contar desde el siguiente al del anuncio de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Con posterioridad a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, el resto de publicaciones se efectuarán a través del Tablón de Edictos y de sede electrónica de la página Web oficial del Ayuntamiento de Llanera. — Ejercicios que regirán en las distintas pruebas: Una prueba escrita de carácter obligatorio y eliminatorio, consistente en contestar en un tiempo máximo de una hora, un cuestionario con veinte preguntas tipo test con tres respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta o más correcta de entre las alternativas planteadas, extraídas del temario que figura como anexo en cada uno de los programas de temas. Un ejercicio práctico durante el tiempo que determinará el tribunal, de carácter obligatorio y eliminatorio, consistente en realizar uno o varios ejercicios de ejecución práctica, de orden profesional, acordes con la plaza convocada y relacionados con las funciones de dicho puesto de trabajo, que planteará el Tribunal inmediatamente antes del comienzo de su realización, debiendo ser ejecutados en el tiempo y forma que el tribunal determine. — Determinación de la puntuación: Los ejercicios que constituyen la fase de oposición tendrán carácter eliminatorio y su calificación se determinará por el tribunal, según se detalla, otorgando a cada uno un máximo de 30 puntos, debiendo obtener al menos 15 puntos para superar cada ejercicio. El Tribunal determinará el valor de cada pregunta contestada correctamente, el valor negativo en su caso de las preguntas no contestadas o contestadas erróneamente y estará habilitado para determinar una nota mínima de corte para la superación del ejercicio. En el segundo ejercicio el tribunal determinará los puntos máximos a obtener en cada una de las pruebas. La calificación final de la fase de oposición estará determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios obligatorios. — Fase concurso: 1. Experiencia profesional: Servicios efectivos prestados como funcionarios de carrera del Ayuntamiento de Llanera que pertenezcan al grupo inmediatamente inferior (Grupo C, Subgrupo C2) a razón de 0,10 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 12 puntos, no computándose fracciones inferiores al mes. 2. Formación académica: Titulaciones Oficiales: Por estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones distinta a las exigidas como requisito para participar en la convocatoria, se puntuará conforme al siguiente baremo, y con un máximo de 1 punto: Titulación universitaria: 1 punto. Formación: Un máximo de 5 puntos por haber participado en cursos de formación que tengan una relación directa con las funciones y/o temario de la plaza convocada. Corresponde al Tribunal determinar, aplicando criterios técnicos y objetivos, qué cursos están relacionados con las funciones de la plaza. Los cursos recibidos se puntuarán en función del número de horas de duración del curso, otorgándose una puntuación de 0,003 puntos/hora. Los méritos de formación se valorarán si esta ha sido impartida por una Administración Pública o por Universidades o Colegios Profesionales, o bien por cualquier organismo público o privado siempre que hayan sido oficialmente reconocidos. Solamente se valorarán aquellos cursos en que conste el número de horas de duración. La valoración de la formación, además de la específica, incluirá la formación en aspectos generales tales como: igualdad de género, prevención de riesgos laborales e idiomas siempre que no superen el 25 por ciento del total de puntos a obtener en este apartado, esto es 1,25 puntos. No obstante, si la formación general este directamente relacionado con el perfil de la plaza, la misma se valorará por el Tribunal cómo formación específica. — Clasificación del tribunal: Segunda categoría. — Temario: En el supuesto de que se produzca variación en la normativa aplicable durante el período comprendido entre la publicación de las presentes bases y la celebración del proceso selectivo, será aplicable la normativa que resulte estar en vigor a la fecha de celebración del proceso selectivo. Temario:
Bloque 5
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1. La Constitución Española de 1978. Estructura y Principios Generales.
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2. La organización Territorial del Estado. El Municipio. Órganos de Gobierno Municipal. Funcionamiento y Competencias.
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3. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Disposiciones generales. Interesados en el procedimiento. Actividad en la Administración Pública. Actos administrativos. Garantías del procedimiento. Iniciación, Ordenación e Instrucción. Finalización del procedimiento.
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4. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (IV): Revisión de oficio. Recursos administrativos.
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5. Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (I): Impuestos.
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6. Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (II): Tasas. Contribuciones especiales. Precios públicos.
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7. Gestión, recaudación e inspección de los tributos y precios públicos del Ayuntamiento de Llanera.
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8. El Presupuesto de las entidades locales (I): Contenido, elaboración y aprobación. Los créditos y sus modificaciones.
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9. El Presupuesto de las entidades locales (II): Ejecución y liquidación. Control y fiscalización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
Fuentes oficiales
Documentación oficial del proceso
- Convocatoria BOPA 21/06/2021 Abrir (se abre en una pestaña nueva)
- Convocatoria BOE Abrir (se abre en una pestaña nueva)
Enlaces oficiales del organismo (3)
Referencia
Ficha técnica
- Tipo de proceso
- Concurso-oposición
- Organismo convocante
- Ayuntamiento de Llanera
- Tipo de organismo
- Ayuntamiento
- Provincia
- Asturias
Cronología
Convocatoria publicada en el BOE (documento oficial, se abre en una pestaña nueva) · Convocatoria publicada en el BOPA (documento oficial, se abre en una pestaña nueva)
Exámenes oficiales
Aún no hay exámenes asociados. Ver exámenes del organismo
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