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Examen oficial · A1Supuesto de desarrolloSolo consulta

Segundo ejercicio (supuestos prácticos) · Ingeniero/a Superior Agrónomo/a · IAAP 2019

Escala de Ingenieros/as Agrónomos/asPromoción interna

Instituto Asturiano de Administración Pública Adolfo Posada

7 de mayo de 20194 ejercicios de desarrollo

Enunciado contrastado con fuente oficial

Proceso concreto no identificado en la documentación oficial disponible.

Denominación en el documento: «Ingeniero/a Superior Agrónomo/a · turnos libre y promoción interna · Segundo ejercicio».

Documentación incompleta. El extracto del Reglamento Delegado (UE) 640/2014 (artículos 15 a 29), necesario para el apartado 4.1 del supuesto práctico 4, está en las páginas 13 a 22 del PDF oficial y no se reproduce íntegramente en esta ficha. La Orden de 13 de diciembre de 1995 y la declaración de IRPF que pide el apartado 4.3 no vienen en el documento oficial publicado: sin ellas, ese apartado no puede resolverse por completo.

Modalidad de la prueba

Supuesto de desarrollo Solo consulta

Carácter
Práctica
Ejercicios de desarrollo
4
Imágenes
Incluye imágenes del documento oficial
Corrección automática
No
Soluciones del desarrollo
4 sin solución ni criterio publicado
  1. Supuesto práctico 1 (práctica) · 1 ejercicio · máx. 5 puntos · no se corrige automáticamente
  2. Supuesto práctico 2 (práctica) · 1 ejercicio · máx. 5 puntos · no se corrige automáticamente
  3. Supuesto práctico 3 (práctica) · 1 ejercicio · máx. 5 puntos · no se corrige automáticamente
  4. Supuesto práctico 4 (práctica) · 1 ejercicio · máx. 5 puntos · no se corrige automáticamente

Contenido del examen

4 ejercicios

  • Sin tema asignado 4 ejercicios

Ejercicios de desarrollo

Este examen es de desarrollo: se puede consultar y estudiar, pero no tiene corrección automática.

4 preguntas o ejercicios de desarrollo. No tienen corrección automática ni cuentan para la nota. Se muestra la solución o el criterio solo si se publicó.

  • 4 sin solución ni criterio publicado
  1. SUPUESTO PRÁCTICO 1

    La Junta Gestora de un Monte Vecinal en Mano Común situado en la zona occidental de Asturias, en el concejo de Castropol, ha decidido convertir una parcela del citado monte en un sistema agroforestal mediante la siembra de una pradera de larga duración, de forma que pueda ser aprovechada por las explotaciones de ganado vacuno propiedad de los participantes en el monte.

    La parcela mide 25 ha y actualmente está cubierta de matorral de más de quince años. Está situada a 550 m de altitud y está atravesado por un camino público que viene del pueblo y continúa hacia otros pueblos.

    Para obtener financiación, pretenden solicitar la ayuda para la creación de sistemas agroforestales incluida en el Programa de Desarrollo Rural como submedida 8.2 y convocada por la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales. Por tanto, aquellas actuaciones susceptibles de recibir ayuda se han de ajustar a lo establecido en las Bases Reguladoras de las ayudas.

    Como técnico te piden lo siguiente:
    a) Una pequeña memoria que describa brevemente el sistema de explotación de la parcela y las actuaciones necesarias para la explotación de la misma, señalándolas en el croquis (NO prever alojamientos para el ganado ni almacenes o maquinaria). (HASTA 2.5 PUNTOS)
    b) De acuerdo con los datos de las Bases Reguladoras de las ayuda para la creación de sistemas agroforestales convocada por la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales:
    1. ¿Qué actuaciones de las determinadas en el apartado a) pueden recibir ayuda? (HASTA 1 PUNTO)
    2. ¿Cuál es el importe de la inversión subvencionable? (HASTA 1 PUNTO)
    3. ¿Qué importe de ayuda les corresponde? (HASTA 0.5 PUNTOS)

    MATERIAL ENTREGADO PARA LA PRUEBA:
    - CROQUIS DE LA PARCELA SOBRE LA QUE SE DEBE ACTUAR (en la imagen). Recinto 1: superficie 5 ha, pendiente media 39 %. Recinto 2: superficie 20 ha, pendiente media 18 %.
    - BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS

    EXTRACTO de la Resolución de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para el establecimiento de sistemas agroforestales

    Condiciones generales.
    1. De las actuaciones subvencionables:
    1.1. Creación y mantenimiento de sistemas agroforestales (Submedida 8.2): Las actuaciones deberán tener una densidad de las especies forestales debe estar entre 50 y 450 árboles por ha.
    2. De las especies forestales subvencionables:
    2.1. Las actuaciones destinadas a la creación y mantenimiento de sistemas agroforestales, se realizarán con las siguientes especies:
    — Coníferas: Abeto (Abies alba Mill.), Pino de Monterrey, insignis (Pinus radiata D. don), Pino negral, rodeno, del país (Pinus pinaster Ait), Pino silvestre (Pinus sylvestris L.) y Juniperus spp.
    — Frondosas: Abedul (Betula pubescens Ehrh.), Arce (Acer pseudoplatanus L.), Castaño (Castanea sativa Mill.), Cerezo (Prunus sp.), Fresno común (Fraxinus excelsior L.) Haya (Fagus sylvatica L.), Laurel (Laurus nobilis L.), Nogal (Juglans regia L.), Roble (Quercus robur L.), Roble albar (Quercus petraea (Matts) Liebl.), Tilo (Tilia platyphyllos Scop., Tilia cordata Mill.) y Serbal (Sorbus aucuparia).
    3. Serán subvencionables las siguientes inversiones:
    1) Gastos de establecimiento: Desbroces, preparación del suelo, plantones, siembra de pradera de larga duración, protección de las plantas, cierres perimetrales.
    2) Gastos de mantenimiento de los 5 primeros años: Desbroces, reposición de marras y sistemas de protección de las plantas y cierres perimetrales.
    4. No son subvencionables: Árboles de Navidad y árboles forestales de cultivo corto o muy corto.
    5. El importe de la subvención que se perciba por el beneficiario no podrá superar en ningún caso el 80% de la inversión subvencionable.

    ANEXO I Requisitos técnicos que deben reunir los trabajos.
    Creación y mantenimiento de sistemas agroforestales.

    La creación del pastizal estará supeditada a su mantenimiento durante los cinco años siguientes.

    En todas las actuaciones de creación de sistemas agroforestales se deberán realizar obligatoriamente los siguientes trabajos: desbroce y plantación del arbolado con su correspondiente protección.

    La creación de pastizales en el que se incluyan trabajos de desfonde con Ripper, arado y/o gradeo, se limita a los terrenos cuya pendiente media sea inferior al 30%. En estas zonas de pendiente inferior al 30%, se podrán incluir además de las anteriores los siguientes trabajos: despedregado, abonado y/o enmienda caliza. Las labores de desbroce se harán con desbrozadora acoplada a tractor de ruedas, y buscan eliminar y triturar el matorral existente para favorecer las labores posteriores y suprimir, en lo posible, su rebrote y competencia con las nuevas especies a sembrar en su caso, o bien con las herbáceas que regeneren de forma natural. El desfonde con Ripper de tres rejones sobre bulldozer se realizará con una profundidad mínima de la labor de 50 cm. La roturación con arado de discos sobre tractor de ruedas tendrá una profundidad mínima de 30 cm. Cuando se utiliza el gradeo con grada de discos sobre tractor de ruedas se realizará un doble pase de grada con una profundidad mínima de la labor de 30 cm, siendo el segundo pase perpendicular al primero. El desfonde con Ripper puede solicitarse junto con un gradeo posterior y el arado con tractor puede solicitarse también junto con un gradeo posterior. No puede solicitarse a la vez el desfonde con Ripper y el arado con tractor de ruedas. En el caso de que la parcela tenga piedras, que por su tamaño puedan dificultar las labores o progresión de las herbáceas, se procederá a su retirada de forma mecánica y/o manual y en la medida de lo posible según las características de la zona. La enmienda caliza para los trabajos de creación de pastizales se realiza mediante abonadora sobre tractor. La dosis de encalado se establece en 1,5 t/ha de óxido de cal. La aplicación del abono complejo NPK (8/24/16) se realizará mediante abonadora sobre tractor. La dosis de encalado se establece en 500 kg/ha. La siembra se debe realizar a voleo y en dosis de 50 kg/ha. Si la configuración del terreno lo permite, se recomienda dar un pase cruzado a mitad de dosis cada uno para evitar franjas de suelo sin semilla. Se usará una mezcla de especies pratenses para conseguir una pradera artificial de larga duración con sembradora sobre tractor de ruedas. La semilla debe quedar repartida lo más homogéneamente posible. Pase de rulo. Esta labor facilita el contacto de la semilla con la tierra y por tanto, la germinación. Los rulos de tipo acanalado tienen ventajas sobre los lisos, al dejar la superficie del suelo más rugosa, lo que favorece la retención del agua.

    Para los terrenos con pendientes >= al 30% e inferior al 45%, además de las mencionadas labores de desbroce (en este caso a realizar con tractor de orugas y, opcionalmente con retroaraña) y plantaciones asociadas, se podrán realizar también labores de abonado y/o encalado en los términos definidos anteriormente.

    La densidad de plantación del arbolado está comprendida entre 50-450 p/ha y los trabajos de plantación incluyen el ahoyado manual y la plantación correspondiente a este tipo de preparación del terreno y también se incluye la plantación en zonas que fueron previamente aradas pero que necesitan un acondicionado, todos estos trabajos de plantación no incluyen el precio de la planta. No se permite utilizar el arbolado para realizar líneas cortavientos en el perímetro del rodal que conforma el pastizal.

    El Abeto (Abies alba Mill), el Pino de Monterrey y el insignis (Pinus radiata D.don) solo se podrán utilizar en caso de que sea necesario por su carácter pionero.

    La distribución del arbolado en el interior del pastizal se realizará en bosquetes distribuidos uniformemente.

    Se pueden usar tanto frondosas como coníferas. La colocación de las plantas se hará en bosquetes que se tienen que distribuir de forma homogénea en el interior del mismo. Los bosquetes tendrán un tamaño aproximado de entre 500 m2 y 1.500 m2. El número de pies obligatorio a colocar en el pastizal se calculará multiplicando la superficie de creación del pastizal (o rodal de pastizal) por la densidad. La protección de la planta podrá ser cierre de alambre o bien de malla cinegética que irá rodeando los bosquetes de forma individual.

    Anexo II Precios unitarios (tablas en las imágenes).

    ANEXO III Importes máximos de las inversiones.
    Medidas para el establecimiento y el mantenimiento de sistemas agroforestales. Submedida 8.2 del PDR.
    Gastos de establecimiento de sistemas agroforestales: 5.209,20 € ha
    Gastos de mantenimiento de sistemas agroforestales: 943,28 € ha

    Croquis de la parcela con los recintos 1 y 2, el camino y el curso de agua.
    Anexo II, precios unitarios de los trabajos en zonas con roturación (p < 30 %).
    Anexo II, precios unitarios de los trabajos en zonas sin roturación (0 < p < 45 %).

    Sin solución ni criterio publicado.

  2. SUPUESTO PRÁCTICO 2

    En una explotación agrícola-ganadera de Asturias, zona occidental cerca de la costa de 40 ha en la que se establecer una alternativa regular con los cultivos que aparecen en la tabla. Se han establecido las dotaciones y frecuencias de riego para el mes de mayo que aparecen en la tabla.

    CultivoDotación de riegoFrecuencia
    Ray grass50 mm16 días
    Patata600 m³/ha10 días
    Alubia50 mm10 días
    Maíz silo500 m³/ha8 días

    Las características del suelo son:
    - Profundidad de las raíces: 0,50 m
    - Densidad aparente: 1,25 t/m³
    - Capacidad de campo: 28 %
    - Humedad a marchitez: 12 %

    Cuestiones a resolver:
    a) Material vegetal empleado para el establecimiento de cada uno de los cultivos (Especie botánica, tipo, ciclo) (HASTA 0.5 PUNTO).
    b) Representación circular de la rotación (Secuencia lógica de los cultivos, épocas aproximadas de instalación y duración de los cultivos en la parcela) (HASTA 0.5 PUNTOS).
    c) Representación simplificada de la alternativa (HASTA 0.5 PUNTO).
    d) Volumen de agua a capacidad de campo (mm) y volumen de agua a punto de marchitez (mm) del suelo de cultivo. (HASTA 1 PUNTO).
    e) Si se cuenta con un pozo que proporciona un caudal de 20 l/s calcula si sería suficiente para satisfacer las necesidades hídricas de la alternativa en el mes de mayo independientemente de las precipitaciones que pudieran producirse (HASTA 2.5 PUNTOS).

    Sin solución ni criterio publicado.

  3. SUPUESTO PRÁCTICO 3

    Como consecuencia de la realización de una Concentración Parcelaria en los terrenos vinculados a un determinado núcleo rural, en una línea de cumbres de una cuerda montañosa se ha dejado a modo de faja de cortafuegos una Masa Común, y una empresa del sector de la energía ha propuesto a los legítimos titulares de derechos sobre esta zona concreta la instalación de un Parque Eólico con treinta aerogeneradores cuyo acceso ha de producirse necesariamente por el vial principal de acceso al pueblo; vial de titularidad municipal que ha sido objeto de reciente acondicionamiento con motivo de las propias obras de la precitada Concentración Parcelaria.

    Con la finalidad de determinar las condiciones a incluir en la expedición de la Licencia de Obras para la instalación del Parque Eólico y sopesar la conveniencia de una posible exigencia de garantías a modo de fianza por un uso novedoso e imprevisto del vial no contemplado en su proyecto de acondicionamiento, el Ayuntamiento ha solicitado al Servicio responsable de la ejecución de las obras de la Concentración Parcelaria, asesoramiento a modo de informe técnico en el que se evalúe el previsible efecto que el tráfico necesario para la ejecución de las obras de instalación del Parque Eólico ocasionará sobre el vial recientemente acondicionado, dada la extraordinaria intensidad de uso y la circulación de vehículos especiales para el transporte de cargas de elevada magnitud que va a producirse a la vista del espectro de las cargas de tráfico por eje y el número de desplazamientos que constan en la información aportada por la empresa eléctrica.

    En base a lo anterior, y considerando la información que se adjunta, el ejercicio consiste en resolver los siguientes apartados:
    a) Cuantificación del tráfico equivalente de las obras de instalación del Parque Eólico traducido a número de ejes simples de TRECE (13) Toneladas. (HASTA 3 PUNTOS)
    b) Relacionar el resultado obtenido en el apartado anterior con el Tráfico Equivalente de Proyecto, que en este caso coincide con el de la sección estructural del firme adoptada en el Proyecto de acondicionamiento del vial, cuyos detalles se adjuntan, elaborando un resultado numérico en tanto por ciento indicativo de la fatiga estructural que previsiblemente ocasionarán las obras de instalación del Parque Eólico sobre el vial de acceso al núcleo rural. (HASTA 2 PUNTOS)

    MATERIAL ENTREGADO PARA LA PRUEBA:
    - ESPECTRO DE CARGAS DE TRAFICO POR EJE CORRESPONDIENTE A LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE INSTALACIÓN DEL PARQUE EÓLICO
    - DATOS DEL PROYECTO DE ACONDICIONAMIENTO DEL VIAL
    - INFORMACIÓN ADICIONAL

    -ESPECTRO DE CARGAS DE TRAFICO POR EJE CORRESPONDIENTE A LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE INSTALACIÓN DEL PARQUE EÓLICO.

    CARGA EN TONELADAS /EJE SIMPLENUMERO DE APLICACIONES
    423.476
    712.608
    1012.158
    12390
    17630
    22360

    -DATOS DEL PROYECTO DE ACONDICIONAMIENTO DEL VIAL:
    *Anchura pavimentada: 4,5 metros
    *Período de Proyecto: 20 Años
    * Sección estructural: 5 centímetros pavimento bituminoso; 25 centímetros zahorra artificial; Explanada E-3.

    Según catálogo oficial esta sección de firme corresponde a una Intensidad Media Diaria de Vehículos Pesados (vehículos pesados/día) <25, y una categoría tipo de tráfico pesado T42, que se corresponde a su vez con un valor representativo a adoptar en los cálculos para esta categoría de 22 vehículos pesados por día. (Considerar nula la tasa de crecimiento anual del tráfico de vehículos pesados).

    INFORMACIÓN ADICIONAL.-

    *Expresión para cálculo de factor de equivalencia entre ejes: Un eje simple de Q toneladas equivale a un número N de ejes simples de P toneladas en función de la expresión siguiente:
    N = (Q/P)^α donde el exponente adopta los valores siguientes: 4 para firmes flexibles; 8 para firmes semirrígidos; 12 para firmes rígidos.

    *EJE TIPO DE CARGA REPRESENTATIVO PARA EVALUACION DEL TRAFICO PESADO: Eje simple con ruedas gemelas y carga total de TRECE (13) toneladas equitativamente repartida entre las cuatro ruedas con una presión de contacto de 0,8 MPa.

    *COEFICIENTE DE EQUIVALENCIA MEDIO DE VEHÍCULOS PESADOS (Ce): Su valor representa la equivalencia del concepto de VEHICULO PESADO traducido a EJES TIPO DE 13 TONELADAS, que adopta diferente valor según el tipo de firme: 0,5 para firmes flexibles y semiflexibles; 0,6 para firmes semirrígidos; y 1 para firmes rígidos.

    Sin solución ni criterio publicado.

  4. SUPUESTO PRÁCTICO 4

    Apartado 4.1

    Entre los agricultores de El Gumio se encuentran D. "Favila" y Dª. "Gontrodo" que presentaron su solicitud única para la campaña PAC 2018. Determine el importe del primer pago correspondiente a los pagos directos: Régimen de Pago Básico y Pago para prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente, de acuerdo con los datos que se indican. En su caso, determinar el importe de la sanción para campañas futuras. (HASTA 2.5 PUNTOS)

    Los pastos permanentes declarados por ambos NO son medioambientalmente sensibles, y no han recibido pagos anticipados

    D. Favila:
    Derechos de pago básico asignados DPB:

    RegiónNúm. DPBValor nominal
    05036050 €
    07013100 €

    Declaración de superficies tras controles:

    RegiónDeclaradaDeclarada ajustada a DPBDeterminadaDeterminada ajustada a DPB
    050348472222
    07014343

    Caracterización Pago para prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente.

    AgrupaciónCultivoCicloSuperficie
    Pastos permanentesen blancoen blanco23,55
    Tierras de cultivoHierba u otros forrajes herbáceosen blanco2,45
    Hierba u otros forrajes herbáceosen blancoen blanco2,45

    Dª. Gontrodo
    Derechos de pago básico asignados:

    RegiónNúm. DPBValor nominal
    080310121 €
    140145242 €

    Declaración de superficies tras controles:

    RegiónDeclaradaDeclarada ajustada a DPBDeterminadaDeterminada ajustada a DPB
    080315101510
    140146454645

    Caracterización Pago para prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente.

    AgrupaciónCultivoCicloSuperficie
    Pastos permanentesen blancoen blanco11
    Tierras de cultivoHierba u otros forrajes herbáceos-15
    Tierras de cultivoHierba u otros forrajes herbáceosInvierno16
    Tierras de cultivoZeaPrimavera19
    Hierba u otros forrajes herbáceosHierba u otros forrajes herbáceos-15
    Hierba u otros forrajes herbáceosHierba u otros forrajes herbáceosInvierno16

    Las condiciones del pago del primer saldo son:
    - Porcentaje de importe de pago a autorizar el 95 %
    - Porcentaje para determinar el importe del Pago para Prácticas Agrícolas Beneficiosas para el Clima y el Medio Ambiente a cada agricultor asciende a 51 %
    - Porcentaje de disciplina financiera: 1,40
    - Orden de pago: primero Régimen de Pago Básico.

    MATERIAL ENTREGADO PARA LA PRUEBA:
    - Extracto Reglamento 640/2014

    Apartado 4.2

    Como consecuencia de las actuaciones de mejora en El Gumio, se realizan las obras del "Proyecto de saneamiento de El Gumio" y "Línea eléctrica de 12 Kv Boal-El Gumio" de resultando afectados los bienes D Favila y Dª Gontrodo en la forma que se recogen en los cuadros siguiente:

    "Proyecto de saneamiento de El Gumio" (HASTA 0.6 PUNTOS)

    FincaPolígonoParcelaOcupación definitiva (m2)Ocupación temporal (m2)Servidumbre acueducto (m2)DestinoOtros bienes
    201-119691-200Pradoen blanco

    La ocupación definitiva destinada arqueta de registro.

    El trazado del colector de saneamiento discurre junto al lindero sur de la finca. Visitada la finca se comprueba que no se observan indicios de que se aproveche ni en siega ni en pastoreo. Consultada la información en las bases de datos, se constata que en SIGPAC tiene como uso Tierra Arable (TA), y en el mapa de recursos agroecológicos del Principado de Asturias, como Ganadería asociada a Pastos moderadamente apta.

    "Línea eléctrica de 12 Kv Boal-El Gumio". (HASTA 1.2 PUNTOS)

    FincaPolígonoParcelaOcupación definitiva (m2)Ocupación temporal (m2)Servidumbre paso (m2)Zona seguridad (m2)DestinoOtros bienes
    500-170en blanco-200100Monte altoen blanco
    500-1704-10050Pradoen blanco

    La ocupación definitiva destinada apoyo de la línea.

    El trazado de la línea eléctrica discurre junto al lindero norte de la finca. Visitada la finca se comprueba que el monte alto se corresponde con un pinar, y respecto al prado no se observan indicios de que se aproveche ni en siega ni en pastoreo. Consultada la información en las bases de datos, se constata que en SIGPAC tiene como uso Forestal (FO) y Pastizal (PS) respectivamente, y en el mapa de recursos agroecológicos del Principado de Asturias, como Pastos y Forestal productivo muy apta, el monte alto y Ganadería asociada a Pastos moderadamente apta, el prado.

    Se le encarga la valoración del justiprecio de los bienes de los correspondientes expedientes de expropiación: ocupación definitiva y la servidumbre, de acuerdo con los valores que se indican.

    Fecha de declaración de utilidad pública y la necesidad de ocupación:
    Proyecto de saneamiento de El Gumio: 15 de julio de 2018.
    Línea eléctrica de 12 Kv Boal-El Gumio: 15 julio de 2017

    Rentas asociadas:
    Pastizal estacional: 50 €/ha anual
    Pastizal: 100 €/ha anual
    Prado: 150 €/ha anual
    Castañar: 6.000 €/ha 30 años
    Pinar: 5.500 €/ha 20 años
    Eucaliptal: 5.000 €/ha 15 años.

    (Altitud El Gumio: 625 m)

    Tipo de capitalización:

    AñoInterés legal del dineroObligaciones del Estado 30 años
    0124,05,4
    0134,03,9
    0144,02,7
    0153,52,4
    0163,02,1
    0173,01,5

    Factor global de localización: 1
    Premio de afección: 5%
    Coeficientes valoración de las afecciones derivadas de las servidumbres:

    Afección% afección sobre el valor del suelo
    No significativa10
    Mínima40
    Media60
    Máxima90

    (La tabla por tipo de capitalización y años, y el Anexo I de coeficientes correctores, en las imágenes.)

    MATERIAL ENTREGADO PARA LA PRUEBA:
    - Anexo I Coeficientes correctores del tipo de capitalización en explotaciones agropecuarias y forestales

    Apartado 4.3

    D. "Ordoño" vecino de El Gumio desea que se reconozca la explotación de la que es titular como explotación agraria prioritaria, para ello presenta una solicitud de calificación el día 1 de enero de 2019. Durante la instrucción del procedimiento se comprueba: (HASTA 0.70 PUNTOS)
    1.- Que es titular de la explotación ganadera con REGAPA ES330070000100 sita en El Gumio, Boal.
    2.- Que D "Ordoño" sólo consta como cotizante o afiliado al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos por la actividad agrícola ganadera. La antigüedad de la afiliación al régimen es de 5,5 años ininterrumpidos.
    3.- Que la fecha de nacimiento es: 15 de mayo de 1979
    4.- Las rentas declaradas en el último IRPF 2016 se recogen el IRPF adjunto
    5.- La renta de referencia para el año 2016 es de 28.396,56 €

    Infórmese si procede el reconocimiento de la condición de explotación agraria prioritaria, y en su caso el requisito o requisitos que no se acreditan.

    MATERIAL ENTREGADO PARA LA PRUEBA:
    - Orden 13 de diciembre de 1995 por la que se desarrolla el apartado 1 del artículo 16 y la disposición final sexta de la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias
    - Declaración IRPF 2016

    Nota de esta publicación: material auxiliar no reproducido. El extracto del Reglamento Delegado (UE) 640/2014 (artículos 15 a 29), necesario para el apartado 4.1, está en las páginas 13 a 22 del documento oficial. La Orden de 13 de diciembre de 1995 y la declaración de IRPF que pide el apartado 4.3 no vienen en el documento oficial publicado: sin ellas, ese apartado no puede resolverse por completo.

    Tipos de capitalización, coeficientes de afección y tabla por tipo de capitalización del 1,5 al 3 % a 15, 20 y 30 años.
    Tabla por tipo de capitalización del 3,1 al 5 % a 15, 20 y 30 años.
    BOE: Anexo I, coeficientes correctores del tipo de capitalización, y Anexo II, coeficiente corrector por antigüedad y estado de conservación.

    Sin solución ni criterio publicado.

Fuente oficial

IAAP: documento oficial (SHA-256 30bf68e98e2d1444…); sin solución publicada.

Denominación del examen: Segundo ejercicio (supuestos prácticos) - Ingeniero/a Superior Agrónomo/a, turnos libre y promoción interna (IAAP, Principado de Asturias)

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