Ejercicios de desarrollo
Este examen es de desarrollo: se puede consultar y estudiar, pero no tiene corrección automática.
7 preguntas o ejercicios de desarrollo. No tienen corrección automática ni cuentan para la nota. Se muestra la solución solo si el tribunal la publicó.
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Pregunta 1 · Supuesto práctico número 1. Incapacidad laboral. Doña María Teresa, mujer de 54 años, casada y con dos hijos, es auxiliar de enfermería, con plaza en propiedad, y trabaja a turnos en la unidad de hospitalización de Medicina Interna del Hospital “Montaña Blanca”, perteneciente al servicio público de salud. No fuma ni bebe. No refiere otros hábitos tóxicos ni alergias. Antecedentes familiares: madre muerta de cáncer de mama; padre vivo, institucionalizado, con cardiopatía isquémica estable, fibrilación auricular anticoagulada y deterioro cognitivo severo tipo enfermedad de Alzheimer. Antecedentes personales: zurda contrariada; menarquia a los 13 años; 2 embarazos y partos normales; menopausia a los 48 años; apendicectomía a los 9 años; diagnosticada de osteopenia, en seguimiento por Medicina Interna, y de migrañas desde la adolescencia, en tratamiento y seguimiento por Neurología.
Proceso actual:
Hace aproximadamente 8 meses, un fin de semana de invierno, sufrió una aparatosa caída practicando esquí, produciéndose un traumatismo complejo de hombro derecho.
Tras los pertinentes estudios de imagen, fue diagnosticada de: luxación acromioclavicular derecha, fractura del 1/3 distal de la clavícula derecha, fractura de la apófisis coracoides y de la cavidad glenoidea derechas y fractura del cuello quirúrgico del húmero derecho, sin compromiso del paquete vasculonervioso regional. Igualmente, sufrió contusión en hemitórax derecho, sin lesión ósea, y esguince del tobillo derecho, grado I. Fue intervenida quirúrgicamente de urgencia y posteriormente sometida a un proceso laborioso y continuado de rehabilitación durante varios meses. Por su cuenta, la paciente acudió también de forma privada a terapias complementarias, recibiendo sesiones de osteopatía y acupuntura, con buenos resultados antiálgicos. En el momento del alta de rehabilitación, habiéndose ya agotado las posibilidades recuperadoras, la exploración de la movilidad activa del hombro derecho arrojaba el siguiente balance articular:
EXPLORACION MOVILIDAD ACTIVA HOMBRO DERECHO AL ALTA DE REHABILITACION
Movimiento · Valor · Rango normal
Anteversión · 75° · 160°
Retroversión · 15° · 60°
Adducción · 15° · 45°
Abducción · 80° · 180°
Rotación externa · 15° · 45-60°
Rotación interna · 10° · 55-60°
Durante todo este proceso, la paciente ha permanecido en situación de incapacidad laboral temporal.
Como Inspector de Prestaciones Sanitarias, en el proceso descrito, Usted ha tenido ocasión de intervenir, en el cumplimiento de sus funciones en materia de gestión y control de la incapacidad temporal, en diferentes ocasiones.
Enumere Usted los momentos de intervención que considere pertinentes y desarrolle cada actuación que llevaría a cabo, especificando los objetivos de la misma, su valoración y, en su caso, la fundamentación normativa / legal de aplicación, así como cuantas otras cuestiones considere procedentes o de interés en relación con el proceso. En caso de que, a su juicio, la información de que dispone sea insuficiente, indique qué otros datos precisaría, a qué fuentes de información acudiría y cómo modificaría su valoración en función de los mismos.Sin solución oficial publicada.
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Pregunta 2 · Supuesto práctico número 2. Autonomía del paciente. Derecho a la información. A principios del mes de diciembre de 2006 acudió a la consulta de la doctora Laura, del turno de mañana, una muchacha de 15 años. Vino acompañando a una amiga, y aunque no era ella quien estaba citada y ni siquiera la doctora era su médico habitual, le consultó porque tenía un retraso en la menstruación y había mantenido relaciones sexuales.
La doctora Laura consideró que era necesario realizar una prueba de embarazo y así lo hizo.
Unos días más tarde la muchacha acudió a recoger el resultado de la prueba que fue positiva. La doctora Laura le informó que estaba embarazada y que debía acudir a su médico habitual; así mismo, le proporcionó información acerca de dónde debía dirigirse si decidía realizar una interrupción voluntaria del embarazo, advirtiéndole que esta actuación requería el consentimiento de sus padres.
La pasada semana el padre de esta muchacha acudió a la Inspección para formular una reclamación y solicitar una entrevista con el inspector. Se transcribe el contenido de la reclamación:
“La Dra. Laura le realizó una analítica de orina con resultados positivos al embarazo. Nos enteramos los padres casi tres meses más tarde, y la doctora que realizó la analítica no nos llama.
Siendo mi hija menor de edad creo que el médico está obligado a informar a los padres. Ante esta situación pido explicaciones antes de tomar medidas legales”.
En la entrevista el padre manifestaba su disconformidad con el hecho de que no se hubiera puesto en su conocimiento el embarazo de su hija, del cual no se había enterado hasta unos días antes estando ya la muchacha de 15 semanas. Que este hecho había impedido la interrupción voluntaria del embarazo y no sólo eso sino que la niña había permanecido sin atención durante este tiempo, siendo ya tarde para realizar algunas actuaciones médicas que deben aplicarse en el primer trimestre del embarazo.
Analice la actuación de la doctora Laura en los aspectos asistencial y de información y emita un juicio razonado al respecto.
En el caso de que la información de que dispone no sea suficiente para emitir un juicio de valoración, indique qué dato o datos precisaría para enjuiciarlo, a qué fuentes de información acudiría y cómo lo valoraría en función de los mismos.Sin solución oficial publicada.
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Pregunta 3 · Supuesto práctico número 3. Autorizaciones sanitarias. El caso del Hospital Conde de Venadito
El Hospital Conde de Venadito está en funcionamiento en Asturias desde hace 53 años. Está clasificado en la actualidad como centro sanitario C.1.3. Tiene 250 camas, con la siguiente oferta asistencial: U.1 Medicina general/Medicina de familia, U.2 Enfermería, U.12 Geriatría, U.57 Rehabilitación, U.59 Fisioterapia, U.60 Terapia ocupacional, U.67 Cuidados paliativos, U.72 Obtención de muestras, U.73 Análisis clínicos, U.88 Radiodiagnóstico.
Recientemente ha sido adquirido en su totalidad por una importante compañía aseguradora que estima necesario un cambio en su modelo de negocio. Mantendrá 150 camas para soportar la oferta asistencial tradicional del centro, pero pretende incorporar actividad quirúrgica de determinadas especialidades, fundamentalmente programada, así como los correspondientes gabinetes y consultas. Para darle soporte a la nueva cartera asistencial se propone: reformar la hospitalización cerrando 50 camas y transformando 50 más para dar servicio a la nueva cartera medico quirúrgica; construir un ala nueva del hospital en la que entre otras dependencias se ubicara un bloque quirúrgico dotado con 6 quirófanos que incluye unidad de reanimación postquirúrgica y central de esterilización, así como un Área de consultas externas.
Las ofertas asistenciales a incorporar según la nueva dirección técnica del Centro son:
U.26 Ginecología, U.35 Anestesia y Reanimación, U.39 Angiología y Cirugía Vascular, U.45 Cirugía Maxilofacial, U.47 Cirugía estética, U.52 Otorrinolaringología, U.50 Oftalmología, U.51 Cirugía Refractiva.
Se realizará tanto Cirugía con Ingreso, como Cirugía Mayor Ambulatoria. En la cartera de servicios de oftalmología se prevé incluir el trasplante de córnea. En la cartera de servicios de cirugía maxilofacial la utilización de células y tejidos óseos.
La renovación de la autorización de funcionamiento tiene, en el momento del cambio de titularidad una antigüedad, de 5 años. La duración prevista de las obras de reforma y ampliación es de 18 meses.
1. Señale y argumente el tipo o tipos de autorización sanitaria que debe solicitar el nuevo titular del Centro, en el periodo que va desde el compromiso firme de adquisición del mismo hasta la puesta en marcha del Hospital reformado. (60% del valor de puntuación del caso)
2. Señale y argumente:
A) Siguiendo lo dispuesto en la normativa de aplicación, el encuadramiento correcto (clasificación) del centro una vez reformado. (20% del valor de puntuación del caso)
B) La oferta u ofertas asistenciales que, desde un punto de vista normativo, el centro reformado no ha solicitado y son imprescindibles para su funcionamiento conforme a la cartera de servicios prevista. (20% del valor de puntuación del caso)Sin solución oficial publicada.
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Pregunta 4 · Supuesto práctico número 4. Contratación pública. En una Administración Autonómica es necesario realizar inmediatamente la compra de 50 desfibriladores externos semiautomáticos (DEA), cuyo coste es de 700 euros por unidad (sin IVA), para distribuir por los distintos edificios administrativos.
Para agilizar la compra se propone la realización de dos contratos menores.
Juzgue la pertinencia de esta propuesta y, en su caso, valore los procedimientos alternativos siempre conforme a la normativa vigente.Sin solución oficial publicada.
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Pregunta 5 · Supuesto práctico número 5. Valoración de conducta profesional. Doña Isabel solicitó cita con su médica de cabecera (Dra. González) el día 19 de febrero de 2014, con objeto de solicitar la baja laboral desde ese mismo momento, ya que ese día por la tarde se sometía, de forma privada, en el Instituto Oftalmológico Integral “Gallo Dorado” de su ciudad, a una intervención quirúrgica correctiva de un defecto de refracción en ambos ojos.
Por parte del Centro de Salud “Grulla Blanca”, la cita con la Dra. González fue dada para el día 24 de febrero de 2014. Ese día, ya en consulta, la Dra. González deniega la baja laboral solicitada (en ese momento ya era con carácter retroactivo) por doña Isabel, por considerar que su motivación (corrección quirúrgica de un defecto de refracción ocular) no se puede considerar como una situación determinante de incapacidad temporal en los términos establecidos en la legislación vigente y resto de normativa que resultan de aplicación. Esta decisión de la Dra. González, para mayor seguridad, fue comentada por ella telefónicamente, en el transcurso mismo de la visita, con un Inspector de Prestaciones Sanitarias de su Área, ratificándose en la misma.
Obviamente, doña Isabel no comparte el criterio de la Dra. González y entre ambas se producen momentos de tensión dialéctica. Sin embargo, finalmente, la Dra. González extiende a doña Isabel una baja laboral, desde el 19 hasta el 24 de febrero, con el diagnóstico de amigdalitis aguda.
Doña Isabel acaba presentando una reclamación a la Dra. González, en la que la acusa de trato poco humano y prepotente, y de querer perjudicarla. Además, doña Isabel denuncia el “mal ejercicio” profesional de la Dra. González, el cual, según su versión de los hechos, queda constatado por el hecho de haberle otorgado “como favor” una baja laboral por enfermedad común (supuesta amigdalitis), durante los días posteriores a la intervención quirúrgica y previos a la consulta, únicamente para justificar su inasistencia al trabajo.
Lógicamente, por parte de la Inspección, se solicitó a la Dra. González un informe sobre los hechos descritos en la reclamación interpuesta por doña Isabel. En su informe, la Dra. González alega que su trato hacia esta paciente fue correcto en todo momento y que, al contrario, fue el trato de la paciente hacia ella el que resultó incorrecto y maleducado. Además, refiere que fue doña Isabel quién, posteriormente al tema de la baja laboral, comentó que también quería consultar porque había vuelto a presentar dolor de garganta (motivo por el que ya había consultado unos días antes, siendo diagnosticada de amigdalitis aguda), y que, tras explorarla, confirmó una recidiva de dicha patología, por lo que le dio la baja laboral. Desde la Inspección que analizaba la reclamación, se pudo constatar en la historia clínica de la reclamante un episodio de amigdalitis aguda de fecha 7 de febrero, con prescripción de amoxicilina oral durante 7 días.
Como Inspector de Prestaciones Sanitarias encargado del estudio de esta reclamación, ¿Qué valoración hace de la actuación de la Dra. González en este caso? ¿Consideraría la adopción de alguna medida disciplinaria? Justifique y, en su caso, fundamente legalmente su respuesta. En caso de que la información de que dispone no sea suficiente para emitir un juicio de valoración, indique qué dato o datos precisaría para enjuiciarlo, a qué fuentes de información acudiría y cómo lo valoraría en función de los mismos.Sin solución oficial publicada.
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Pregunta 6 · Supuesto práctico número 6. Acceso a la historia clínica. En junio de 2012, ingresó Dña. Carolina en el Servicio de Ginecología y Obstetricia del Hospital Alameda del Servicio Público de Salud, siendo atendida principalmente por la doctora Marta. Entendiendo que la asistencia que se le prestó fue deficiente, presentó una reclamación.
Con el fin de recabar datos para el informe que se le solicitó a la doctora Marta en relación con el proceso asistencial reclamado, el doctor Francisco, médico del mismo Servicio de dicho Hospital y marido de la doctora Marta, accedió a la historia clínica ginecológica de Dña. Carolina, sin conocimiento de ésta, en los terminales informáticos del Servicio, en horario laboral y empleando su nombre de usuario y clave personal. Se realizaron los siguientes accesos:
-El 24 de septiembre de 2012, al informe quirúrgico obstétrico-ginecológico y al informe de alta de aborto.
-El 26 de septiembre de 2012, dos accesos a informe de hemograma, coagulación, bioquímica en suero, sistemático de orina y bioquímico de orina y un acceso al informe general de urgencias y a los datos del mismo, así como determinaciones de hormonas, alta del aborto e informe quirúrgico obstétrico -ginecológico.
-El 27 de septiembre de 2012, un acceso a la historia clínica de atención primaria de Dña. Carolina obrante en el Centro de Salud Alameda-Norte.
-El 30 de octubre de 2012, acceso al informe ecográfico ginecológico y a datos analíticos (hemograma, bioquímica en suero y bioquímica en orina) con el fin de conocer si constaban los resultados de las pruebas realizadas para la consulta del día siguiente.
Entendiendo Dña. Carolina que dichos accesos constituyeron un delito continuado contra su intimidad, formuló la correspondiente denuncia contra el doctor Francisco y contra el Servicio Público de Salud como responsable civil subsidiario.
Realice un informe de valoración de los hechos que dé respuesta a la denuncia presentada.
En el caso de que la información de que dispone no sea suficiente para emitir un juicio de valoración, indique qué dato o datos precisaría para enjuiciarlo, a qué fuentes de información acudiría y cómo lo valoraría en función de los mismos.Sin solución oficial publicada.
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Pregunta 7 · Supuesto práctico número 7. Valoración de indicadores en asistencia especializada. El caso del Hospital General Universitario del Cantábrico.
El Hospital Universitario General del Cantábrico (HUGC) es un centro sanitario perteneciente al Servicio de Salud del Principado de Asturias, clasificado como C.1.1. Provee asistencia especializada a la Población (180.000 habitantes) del Área Sanitaria del Poniente.
Se presentan algunos de sus resultados finales del año 2017, así como los valores objetivo suscritos por el Centro en el Contrato de Gestión pactado con la Gerencia del SESPA, y de forma complementaria, los obtenidos como media en los hospitales del Clúster 3 Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, que agrupa hospitales de características similares de toda España. (Ver tabla 1: indicadores relacionados con la hospitalización, y tabla 2: indicadores relacionados con la ejecución presupuestaria).
Como Inspector se le solicita:
La redacción de un informe describiendo y analizando la situación del Hospital Universitario General del Cantábrico a la vista del grado de cumplimiento del Contrato de Gestión del hospital y la comparación con los hospitales de su grupo a nivel nacional.
El informe incluirá un apartado con propuestas de mejora justificadas.
Para alguna o todas de ellas se diseñarán acciones concretas a emprender (con objetivos de logro para el año 2018 y 2019).
Descripción de la imagen
1. Indicadores relacionados con la hospitalización (resultado HUGH 17 / contrato de gestión HUGH 17 / clúster 3 MSSSI): estancia media global 8,5 / <7 / 6,6; estancia media preoperatoria ingreso urgente 4,9 / <3,8 / 3,9; ingreso programado 1,2 / <0,8 / 0,7; IEMA-índice de estancia media ajustada-propia 1,05 / <1 / 0,98; IEMA-grupo clúster 1,20 / no aplica / no aplica; porcentaje de estancias evitables depuradas 6,24 / <5 / 4,80; porcentaje de urgencias ingresadas 19,8 / <16 / 15,8; ocupación, valor medio anual 91% / no aplica / 78%; tasa de mortalidad en hospitalización de pacientes con infarto agudo de miocardio 9;5% / 8% / 7,8%; prevalencia de infección nosocomial 9,05 / 7,78 / 8,25; pacientes con más de tres días de estancia con plan de cuidados 27% / 85% / no aplica; que reciben al alta un plan de cuidados 20% / 60% / no aplica. 2. Indicadores relacionados con la ejecución presupuestaria: gasto en capítulo I real vs presupuestado* -1,18 % / < ó = real ejercicio previo / +0,63%; capítulo II real vs presupuestado, excepto farmacia** +2,85 / < ó = real ejercicio previo / +2,45; farmacia pacientes ambulantes vs año previo +14,5 % / < ó = +5% real ejercicio previo / +2,7; farmacia pacientes externos vs año previo +13,7 % / < ó = +5% / +2,1; farmacia pacientes hospitalizados vs año previo +6,8% / < ó = +5% / +4,8; gasto en medicamentos biosimilares +1,6 % / > 0 % real ejercicio previo / +28%. * En el ejercicio 2017, las retribuciones del personal han permanecido congeladas. ** El IPC global del ejercicio en España ha sido del 1,3%.
Sin solución oficial publicada.
Fuentes oficiales
IAAP: cuadernillo de la segunda prueba (siete supuestos prácticos, con las tablas de indicadores del supuesto 7). No se publicó solución ni criterios de corrección.
- Cuestionario oficial iaap.asturias.es (abre en una pestaña nueva)
